Subapoderamiento
¿Qué es un subapoderamiento notarial?
El subapoderamiento es un documento notarial mediante el cual una persona que ha recibido un poder (el apoderado inicial) delega total o parcialmente las facultades que le fueron conferidas a una tercera persona, denominada subapoderado. Es crucial entender que, en esta figura, el apoderado inicial conserva sus facultades representativas. Esto significa que, a partir de la formalización del subapoderamiento, tanto el apoderado inicial como el subapoderado podrán actuar en nombre y representación de la persona que otorgó el poder original (el poderdante).
¿Qué documentación se requiere?
Particular (o persona física)
Documentación necesaria para nacional:
- Documento nacional de identidad (DNI): Imprescindible aportar el original y en vigor
Documentación necesaria para extranjeros:
- Pasaporte + NIE en vigor: Imprescindible aportar el original y en vigor
Importante
Recordamos que no es necesaria la presencia en la notaría de la persona que recibe el poder (apoderado). Únicamente será preciso facilitar su nombre y apellidos, junto con una fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.
Empresa (o persona jurídica)
Documentación necesaria:
- Documento nacional de identidad (DNI): Imprescindible aportar el original y en vigor
- Poder notarial o nombramiento del administrador: Copia auténtica donde se acredite la representación
- Constitución de la sociedad: Copia auténtica
- Acta de titularidad real: Copia auténtica
En el supuesto de que se trate de una empresa extranjera, será necesario aportar, además, la siguiente documentación:
- El representante de la empresa extranjera deberá disponer de pasaporte y NIE en vigor.
- La documentación societaria indicada, debidamente traducida y apostillada.
- Certificado oficial que acredite la inscripción de la empresa en el registro correspondiente.
- NIF español de la empresa extranjera.
- Pasaporte + NIE en vigor (Imprescindible aportar el original y en vigor)
Aviso importante
Recordamos que no es necesaria la comparecencia en la notaría de la persona que recibe el poder (apoderado). Bastará con facilitar su nombre y apellidos, junto con una fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.
¿Cuánto cuesta el trámite de subapoderamiento?
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente un subapoderamiento?
Un subapoderamiento es un documento notarial donde una persona que ya tiene un poder (el apoderado) autoriza a otra persona (el subapoderado) a actuar en nombre del poderdante original, dentro de los límites del poder inicial. Es como delegar una parte de la confianza que te han depositado.
¿Para qué me sirve un subapoderamiento?
Te sirve para asegurar que tus asuntos sigan gestionándose si tú, como apoderado inicial, no puedes hacerlo temporalmente. Permite que una tercera persona actúe en tu lugar sin que pierdas tus propias facultades, garantizando así la continuidad de la representación ante el poderdante.
¿Cuándo puedo realizar un subapoderamiento?
Solo puedes subapoderar si el poderdante original no lo ha prohibido expresamente en el poder inicial. Si no hay prohibición, se puede realizar si el poderdante lo ha permitido de forma explícita en el poder o en un acto posterior, como la propia escritura de subapoderamiento.
¿Debo notificarle al poderdante que he realizado un subapoderamiento?
Sí, es tu obligación como apoderado notificar fehacientemente al poderdante la realización del subapoderamiento, incluso si está autorizado. Así, el poderdante está informado de quién más puede actuar en su nombre y puede tomar decisiones si lo necesita.
Si el subapoderamiento se hace en una notaría diferente al poder original, ¿hay que avisar?
No te preocupes por eso, la propia notaría se encargará de notificar al notario que autorizó el poder original. Así, se deja constancia de la modificación en su protocolo sin que tengas que hacer nada adicional.
¿Conservo mis facultades si hago un subapoderamiento?
Absolutamente. La diferencia clave con una sustitución de poder es que, al subapoderar, tú sigues manteniendo todas tus facultades originales. Compartes la representación, pero no la cedes por completo.
¿Qué precauciones debo tomar al conceder un subapoderamiento?
Debes reflexionar muy bien antes de conceder la facultad de subapoderamiento. Estás permitiendo que una tercera persona actúe en nombre del poderdante, por lo que es crucial que esa persona sea de tu total confianza y tenga las capacidades adecuadas para evitar perjuicios.
¿Qué tipo de actos puedo delegar mediante subapoderamiento?
Mediante el subapoderamiento, el subapoderado podrá realizar aquellos actos o negocios jurídicos que tú le delegues específicamente. Esto puede ser la totalidad de las facultades del poder original o solo algunas de ellas, según lo que se establezca.
¿Qué pasa si el subapoderado realiza actos sin la debida autorización?
Si el subapoderamiento se hizo contra la prohibición expresa del poderdante, los actos serán nulos. Si se hizo con autorización pero el poderdante no ratifica los actos del subapoderado, estos también serán inválidos, a menos que el poderdante los acepte posteriormente.
¿Qué responsabilidad tengo como apoderado original por los actos del subapoderado?
Si el subapoderamiento se ha realizado correctamente y dentro de lo permitido, no tendrás responsabilidad alguna. Sin embargo, si se hizo contra la voluntad del poderdante o el subapoderado es manifiestamente incapaz, podrías responder por su gestión.
Marco legislativo del subapoderamiento
Artículos relacionados
Listado de artículos del blog que tengan la misma categoría principal y/o secundaria.
