Poder preventivo
¿Qué es un Poder Preventivo Notarial?
El Poder Preventivo es un instrumento notarial fundamental para salvaguardar sus intereses y su voluntad futura. Mediante este documento, usted, actuando de forma previsora, otorga facultades específicas a una persona de su confianza para que, en su nombre y representación, pueda realizar determinadas gestiones. Esto se activa únicamente en el supuesto de que usted, en el futuro, no pueda ejercer su capacidad jurídica por motivos de salud, como una enfermedad neurodegenerativa, un accidente u otra circunstancia que limite su autonomía.
¿Qué documentación se requiere?
Documento nacional de identidad (DNI)
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial acreditativo de la identidad de los ciudadanos españoles. Es indispensable presentarlo en vigor para cualquier trámite que requiera identificación fehaciente, como acudir a una notaría. Los ciudadanos extranjeros deberán aportar su pasaporte original y en vigor, siendo recomendable presentar también el NIE si dispusieran de él.
Aportar el Certificado literal de nacimiento del Registro Civil
Se requiere el Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil para acreditar la filiación y los datos personales, especialmente si la persona que otorga el poder nació antes de 1950. Este documento debe ser reciente, no excediendo los seis meses de antigüedad desde su expedición, y presentarse en formato oficial. Su aportación es fundamental para la validez del acto notarial.
¿Cuánto cuesta el servicio notarial?
Preguntas frecuentes
¿Puedo nombrar a varias personas como apoderados?
Sí, puedes designar a dos o más apoderados. En la escritura podrás especificar si deben actuar de forma conjunta (mancomunadamente) o si cada uno puede actuar por su cuenta (solidariamente). Si no se indica nada, se entenderá que deben actuar de forma conjunta.
¿Qué son las facultades de autocontratación y contraposición de intereses?
La autocontratación permite al apoderado realizar negocios jurídicos consigo mismo en tu nombre y representación, si así lo autorizas expresamente. La contraposición de intereses autoriza al apoderado a usar el poder incluso si existe un conflicto entre sus intereses y los tuyos, debiendo estar también expresamente contemplado.
¿Qué es un poder preventivo y para qué sirve?
Un poder preventivo es un documento oficial ante notario que te permite designar a una persona de tu confianza para que actúe en tu nombre y representación si en el futuro pierdes tu capacidad para tomar decisiones. Sirve para asegurar que tus asuntos personales y económicos sigan gestionados adecuadamente, evitando largos y costosos procesos judiciales si llegas a necesitar apoyo para autogobernarte.
¿Cuándo es útil otorgar un poder preventivo?
Es especialmente útil si te preocupa la posibilidad de sufrir una enfermedad, accidente u otra circunstancia que merme tu capacidad para entender y querer, impidiéndote gestionar tu patrimonio o tus intereses. Con un poder preventivo, te aseguras de que una persona de tu elección se ocupe de tus asuntos cuando tú no puedas, protegiéndote de posibles desatenciones o abusos.
¿Existen diferentes tipos de poderes preventivos?
Sí, básicamente existen dos modalidades. Por un lado, un poder que surte efecto desde su otorgamiento pero se mantiene vigente incluso si pierdes tu capacidad. Por otro lado, un poder que solo cobra validez en el momento en que efectivamente necesites apoyo para ejercer tus derechos, sin que el apoderado pueda actuar antes de esa situación.
¿Qué diferencia hay entre un poder preventivo simple y uno recíproco?
La diferencia principal es que en un poder preventivo simple, una persona designa a otra como su representante. En cambio, en un poder preventivo recíproco, dos personas se otorgan mutuamente el poder, de manera que cada uno puede actuar en nombre del otro si este último llegara a necesitar asistencia. Es común entre cónyuges.
¿Cómo se decide cuándo un poder preventivo entra en vigor?
En el propio poder preventivo se especifica cómo se determinará la necesidad de apoyo. Puede ser a través de un certificado médico que acredite la pérdida de capacidades cognitivas o mediante el reconocimiento de un grado de discapacidad por parte de la Administración. Esto evita la necesidad de un proceso judicial para declarar tu incapacidad.
¿Quién puede otorgar un poder preventivo?
Cualquier persona mayor de edad que se encuentre en pleno uso de sus facultades mentales, es decir, que tenga la capacidad natural de entender y querer en el momento de otorgar el documento ante el notario.
¿Quién puede ser nombrado como apoderado?
Puede ser cualquier persona mayor de edad y con plenas facultades mentales. También es posible designar como apoderado a personas jurídicas, como fundaciones, cuyo objeto social sea la protección de personas con discapacidad o en situación de desamparo.
¿Es necesario inscribir el poder preventivo en algún registro?
Sí, el notario que autoriza el poder preventivo tiene la obligación legal de comunicarlo al Registro Civil donde conste inscrito tu nacimiento. Esto garantiza que quede constancia oficial de la existencia de dicho poder.
Marco Legislativo del Poder Preventivo
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