Poder general
¿Qué es un Poder General Notarial?
El Poder General es un instrumento notarial de máxima confianza que permite a una persona, el poderdante, otorgar facultades amplias a otra persona, el apoderado, para que actúe en su nombre y representación. Tal y como su denominación indica, se trata de un poder de carácter general, diseñado para conferir al apoderado la capacidad de realizar una extensa variedad de actos jurídicos y gestiones, sin que existan, en principio, limitaciones legales significativas para su ejercicio.
Mediante este documento, el poderdante delega de forma general la administración de sus intereses y la realización de trámites, ofreciendo así una solución eficaz para situaciones de ausencia, incapacidad o simple conveniencia. La seguridad jurídica que proporciona la intervención notarial garantiza la validez y el reconocimiento de este acto en todas las esferas legales y administrativas.
¿Qué documentación se requiere?
Documento nacional de identidad (DNI)
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial acreditativo de la identidad de los ciudadanos españoles. Es indispensable presentarlo en vigor para cualquier trámite que requiera identificación fehaciente, como acudir a una notaría. Los ciudadanos extranjeros deberán aportar su pasaporte original y en vigor, siendo recomendable presentar también el NIE si dispusieran de él.
Aportar el Certificado literal de nacimiento del Registro Civil
Se requiere el Certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil para acreditar la filiación y los datos personales, especialmente si la persona que otorga el poder nació antes de 1950. Este documento debe ser reciente, no excediendo los seis meses de antigüedad desde su expedición, y presentarse en formato oficial. Su aportación es fundamental para la validez del acto notarial.
¿Cuál es el coste del servicio?
Preguntas frecuentes
¿Puedo nombrar a varias personas como apoderados?
Sí, puedes designar a dos o más apoderados. En la escritura podrás especificar si deben actuar de forma conjunta (mancomunadamente) o si cada uno puede actuar por su cuenta (solidariamente). Si no se indica nada, se entenderá que deben actuar de forma conjunta.
¿Qué son las facultades de autocontratación y contraposición de intereses?
La autocontratación permite al apoderado realizar negocios jurídicos consigo mismo en tu nombre y representación, si así lo autorizas expresamente. La contraposición de intereses autoriza al apoderado a usar el poder incluso si existe un conflicto entre sus intereses y los tuyos, debiendo estar también expresamente contemplado.
¿Qué es un poder general y para qué sirve?
Un poder general es un documento notarial que te permite nombrar a alguien de tu confianza, llamado apoderado, para que actúe en tu nombre y representación. Con él, tu apoderado puede realizar todo tipo de gestiones y negocios, casi como si fueras tú mismo, abarcando desde la administración de tus bienes hasta operaciones financieras o legales.
¿Para qué situaciones es útil otorgar un poder general?
Es útil cuando no puedes o no quieres realizar ciertos trámites por ti mismo, por ejemplo, si vas a estar fuera del país o tienes dificultades de movilidad. También es una solución práctica si prefieres que una persona de tu confianza se encargue de la gestión de tus asuntos, como en el caso de parejas donde uno gestiona las finanzas de ambos.
¿Qué precauciones debo tomar al conceder un poder general?
Dado que un poder general otorga amplias facultades a tu apoderado, es fundamental que confíes plenamente en su honestidad y profesionalidad. Un mal uso de este poder puede tener consecuencias económicas graves para ti, por eso la elección del apoderado debe ser una decisión muy meditada y basada en la confianza.
¿Qué tipo de gestiones se pueden realizar con un poder general?
Con un poder general, tu apoderado puede realizar una gran variedad de actos, como administrar inmuebles, gestionar deudas y préstamos, comprar o vender bienes muebles e inmuebles, aceptar herencias, operar en bancos, constituir sociedades, o incluso representarte en procedimientos judiciales y ante administraciones públicas.
¿Hay algún acto que no se pueda delegar mediante un poder general?
Sí, existen actos de carácter personalísimo que no pueden ser delegados, como casarse, otorgar testamento o ejercer el derecho al voto. Estos actos requieren tu presencia y decisión personal e intransferible.
¿Es obligatorio que el poder general se haga en escritura pública?
Sí, la ley exige que los poderes generales se formalicen en escritura pública ante notario. Esto es necesario cuando el poder implica la administración de bienes o la realización de actos que requieren esta forma, garantizando así la legalidad y tu seguridad jurídica.
¿Quién puede otorgar un poder general?
Cualquier persona mayor de edad y con plena capacidad legal y mental puede otorgar un poder general. Es decir, debes tener 18 años cumplidos y estar en pleno uso de tus facultades para comprender y querer los actos que delegas.
¿Quién puede ser designado como apoderado en un poder general?
La persona que designes como apoderado debe ser mayor de edad y tener plena capacidad legal y mental. Es decir, debe ser una persona responsable y con entendimiento para gestionar los asuntos que le confíes.
Legislación aplicable
Artículos relacionados
Listado de artículos del blog que tengan la misma categoría principal y/o secundaria.
