Cambio de denominación social
¿Qué es el cambio de denominación social ante notario?
El cambio de denominación social es el procedimiento notarial que formaliza la modificación del nombre que identifica a su empresa en el mercado. Este acto debe ser debidamente inscrito en el Registro Mercantil para su plena validez y publicidad frente a terceros.
¿Qué documentación se requiere para el cambio de denominación social?
Documento nacional de identidad original y en vigor
El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial que acredita la identidad de los ciudadanos españoles. Debe presentarse siempre original y en vigor para cualquier trámite notarial. En caso de personas extranjeras, se requerirá su pasaporte en vigor y, si procede, su Número de Identificación de Extranjero (NIE).
Certificación del acuerdo social adoptado
La Certificación del Acuerdo Social es un documento emitido por el órgano de administración de una sociedad (Junta General o Socio Único) que acredita oficialmente las decisiones tomadas. Es fundamental para formalizar cambios estatutarios, aumentos o reducciones de capital, ceses/nombramientos de administradores, traslados de domicilio, disolución y liquidación, entre otros actos. Debe reflejar la redacción exacta de los acuerdos y, en caso de modificación estatutaria, la nueva redacción de los preceptos o una versión refundida de los estatutos, siendo válida hasta que se formalice el correspondiente documento público ante notario.
Documentación relativa a la sociedad y al representante
Se requiere la presentación ante notario de la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones estatutarias posteriores, preferiblemente en copia auténtica. La notaría puede verificar telemáticamente la información vigente en el Registro Mercantil. Esta documentación es fundamental para acreditar la existencia y el estado actual de la sociedad al otorgar distintos actos notariales.
Acta de titularidad real
El Acta de Titularidad Real es un documento notarial que identifica a las personas físicas que, directa o indirectamente, poseen o controlan más del 25% del capital social o de los derechos de voto de una sociedad. Su finalidad es cumplir con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, siendo obligatorio su presentación ante notario cuando se actúa en nombre de una sociedad. Debe actualizarse ante cualquier variación en la composición del accionariado o en los porcentajes de participación.
Certificación negativa de denominación
La Certificación Negativa de Denominación es un documento oficial expedido por el Registro Mercantil Central que acredita que el nombre elegido para una sociedad no está ya registrado por otra entidad. Es un requisito indispensable para la constitución de nuevas sociedades y para la modificación de la denominación de las ya existentes. Esta certificación tiene una validez de tres meses desde su expedición.
¿Cuánto cuesta el servicio de cambio de denominación social?
Preguntas frecuentes
¿Qué es el nombre de mi empresa (denominación social)?
La denominación social es, en términos sencillos, el nombre legal de tu empresa. Es como su DNI, lo que la hace única y la distingue de todas las demás en el mercado. Este nombre es fundamental para su identidad frente a Hacienda, proveedores y clientes, y debe aparecer en los estatutos de la sociedad.
¿Por qué podría necesitar cambiar el nombre de mi empresa?
Las empresas evolucionan, y el nombre que elegiste al principio puede dejar de reflejar su realidad actual. Quizás has ampliado tu actividad, vendido la empresa a nuevos socios o el nombre actual tiene connotaciones negativas. Un cambio de denominación social permite que el nombre de tu empresa se alinee mejor con su presente y futuro.
¿Qué reglas debo seguir al elegir el nombre de mi empresa?
El nombre debe ser único y no coincidir ni parecerse demasiado a otro ya registrado para evitar confusiones. Puede incluir letras, números y combinarse con el nombre de una persona (con su consentimiento) o ser un nombre de fantasía. Siempre debe incluir la indicación del tipo de sociedad (S.L., S.A., etc.) y no puede ser contrario a la ley o al orden público.
¿Hay otras consideraciones legales importantes al nombrar mi empresa?
Sí, existen actividades específicas (como establecimientos financieros o seguros) que requieren una autorización especial y una denominación concreta. Las sociedades mercantiles comunes (S.L. o S.A.) no pueden incluir en su nombre referencias a estas actividades reguladas para evitar confusiones sobre su habilitación legal.
¿Cómo se solicita y aprueba un nuevo nombre para mi empresa?
Primero, debes solicitar una certificación negativa al Registro Mercantil Central para verificar que el nombre deseado está disponible. Si es así, te reservarán ese nombre por seis meses, plazo durante el cual deberás otorgar la escritura pública de cambio de denominación social.
¿Puedo firmar la escritura de cambio de nombre sin tener la certificación negativa?
No, es imprescindible presentar la certificación negativa original del Registro Mercantil Central al notario. Esta certificación acredita que el nombre elegido no está ya registrado y debe coincidir exactamente con el que se incluirá en la escritura pública. La solicitud solo puede hacerla la propia sociedad.
¿Cómo hago para firmar la escritura de cambio de denominación social?
Contacta con nuestra notaría para concertar una cita en el día y hora que mejor te convenga. Acude con la documentación necesaria y la certificación negativa. Redactaremos la escritura basándonos en la ley y tus necesidades específicas, y te asesoraremos si necesitas ayuda con los acuerdos sociales previos.
¿Quién puede firmar la escritura de cambio de nombre en representación de la empresa?
Generalmente, firmará la escritura la persona facultada para certificar los acuerdos sociales, como el secretario del consejo de administración, un administrador único o solidario, o administradores con poder de representación. Es fundamental que su cargo esté vigente e inscrito en el Registro Mercantil.
¿Cuándo recibiré mi escritura de cambio de denominación social?
Si lo deseas, puedes recibir una copia de la escritura el mismo día de la firma. Sin embargo, para que el cambio sea oficial y produzca todos sus efectos, deberás encargarte tú mismo de inscribirla en el Registro Mercantil. Te explicaremos cómo hacerlo.
¿Puede la notaría encargarse de inscribir la escritura en el Registro Mercantil?
Por supuesto. Si prefieres despreocuparte, podemos gestionar la inscripción de la escritura en el Registro Mercantil de forma telemática. Una vez realizado el trámite, te entregaremos la copia de la escritura con los datos de inscripción, haciendo que el cambio sea plenamente efectivo.
Legislación aplicable al cambio de denominación social
Artículos relacionados
Listado de artículos del blog que tengan la misma categoría principal y/o secundaria.
