Contrato de arras

Paso 1

¿Qué es el Contrato de Arras?

El contrato de arras, también conocido como acuerdo de señal, es un documento privado suscrito entre el vendedor y el comprador de un inmueble. En él se establecen los términos fundamentales que regirán la futura compraventa del bien, la cual se formalizará habitualmente mediante escritura pública en un plazo cercano. La entrega de una cantidad de dinero a modo de arras por parte del comprador sirve como garantía del cumplimiento de dicho acuerdo.

Paso 2

¿Qué documentación se requiere para formalizar un Contrato de Arras?

La nota simple registral es un documento oficial expedido por el Registro de la Propiedad que resume la información registral de un inmueble. Acredita la titularidad del vendedor, las características físicas de la finca y las cargas o gravámenes que puedan existir sobre ella, como hipotecas o embargos. Es fundamental para el comprador antes de formalizar cualquier acuerdo y su vigencia es de 3 meses desde su expedición.

El Certificado de Eficiencia Energética es un documento oficial emitido por un técnico cualificado que evalúa el consumo energético de un inmueble. Detalla la calificación obtenida, que va de la A (más eficiente) a la G (menos eficiente), e incluye recomendaciones para mejorarla. Es un requisito legal para la venta o alquiler de viviendas y tiene una validez de 10 años, debiendo presentarse en formato oficial.

El Certificado de Deudas con la Comunidad de Propietarios es un documento oficial emitido por el secretario de la comunidad, con el visto bueno del presidente, que acredita que una vivienda está al corriente de pago de sus cuotas ordinarias y extraordinarias. Su finalidad es garantizar al comprador que no existen deudas pendientes con la comunidad, siendo fundamental para la compraventa de inmuebles en régimen de propiedad horizontal. Se recomienda que tenga una vigencia reciente y, si es posible, que especifique la ausencia de derramas pendientes.

La Cédula de Habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple con los requisitos técnicos y sanitarios mínimos para ser habitada. Es imprescindible para poder empadronarse, contratar suministros (agua, luz, gas) y para realizar transacciones inmobiliarias como la venta o alquiler. Su vigencia y los requisitos para obtenerla varían según la comunidad autónoma.

El recibo de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es el justificante oficial de que se ha abonado este tributo municipal. Sirve para acreditar el pago y es fundamental para conocer el importe anual a desembolsar y verificar que está al corriente de pago. Se recomienda solicitar copias de los recibos de años anteriores.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial que acredita la identidad de los ciudadanos españoles. Debe presentarse siempre original y en vigor para cualquier trámite notarial. En caso de personas extranjeras, se requerirá su pasaporte en vigor y, si procede, su Número de Identificación de Extranjero (NIE).

Paso 3

¿Cuánto cuesta formalizar un Contrato de Arras?

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Paso 4

Preguntas frecuentes

Un contrato de arras es un acuerdo privado entre un vendedor y un comprador de un inmueble donde se establecen las condiciones clave de la futura compraventa. Para asegurar el cumplimiento de lo pactado, se entrega una cantidad de dinero como garantía, que tendrá consecuencias económicas si alguna de las partes incumple el acuerdo.

Sirve para dar seguridad jurídica a las partes una vez acordado el precio y las condiciones esenciales de la compraventa. Permite fijar estos términos, asegurando que no cambien hasta la formalización definitiva, algo necesario dado que la compraventa de inmuebles suele requerir tiempo para trámites como la obtención de financiación o la recopilación de documentos.

En absoluto. La firma de un contrato de arras es un acto importante que requiere atención. Dependiendo de lo pactado y el tipo de arras, un incumplimiento puede acarrear consecuencias jurídicas y económicas significativas, por lo que es recomendable contar con asesoramiento profesional.

El proceso comienza con el acuerdo de voluntades entre vendedor y comprador. Tras la oferta y negociación del precio y condiciones, si hay acuerdo, se procede a la celebración de un contrato de compraventa, que tiene distintas fases y puede formalizarse de diversas maneras.

Un contrato de compraventa es un acuerdo legal donde una parte (el vendedor) se compromete a entregar un bien de su propiedad, y la otra parte (el comprador) se compromete a pagar un precio por él, transmitiendo así la propiedad.

Es un acuerdo donde el vendedor transmite la propiedad de un inmueble a un comprador a cambio de un precio pactado. Técnicamente, se perfecciona con el mero consentimiento sobre el objeto y el precio, aunque la formalización posterior, a menudo mediante escritura pública, es crucial para la consumación y protección registral.

Significa que desde el momento en que vendedor y comprador acuerdan el inmueble y el precio, ambas partes quedan obligadas a cumplir. Si una parte incumple, la otra puede exigir el cumplimiento o la resolución del contrato, además de reclamar una indemnización por daños y perjuicios si los hubiera.

Es fundamental solicitar y revisar documentación esencial del inmueble, como la nota simple del Registro de la Propiedad para verificar la titularidad y cargas, la cédula de habitabilidad, el certificado de eficiencia energética, y los recibos de IBI y comunidad. Conocer estos detalles previene fraudes y permite valorar el inmueble con precisión antes de comprometerse.

La consumación, es decir, el cumplimiento del contrato, implica la entrega de la propiedad y posesión por el vendedor y el pago del precio por el comprador. La forma más adecuada y segura para formalizarlo es mediante una escritura pública ante Notario, lo que permite la inscripción en el Registro de la Propiedad y ofrece protección frente a terceros.

Sí, es perfectamente posible. Si ya existe un acuerdo firme sobre las condiciones, podéis acudir directamente a la Notaría para formalizar la escritura de compraventa. Esto agiliza el proceso, reduce riesgos jurídicos y garantiza asesoramiento imparcial para ambas partes.

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Legislación aplicable en Cataluña

En el ámbito de la normativa civil catalana, los contratos de compraventa, incluyendo los aspectos relacionados con las arras, se regulan principalmente en el Libro VI del Código Civil de Cataluña, a partir del artículo 621.
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