Divorcio ante notario

Paso 1

¿Qué es el divorcio ante notario?

El divorcio ante notario es un procedimiento legal que permite a los cónyuges disolver su matrimonio de mutuo acuerdo. Este proceso no solo pone fin al vínculo matrimonial, sino que también establece las bases para la distribución del patrimonio común y la futura relación entre los miembros de la familia. Es una vía ágil y eficaz para quienes buscan una solución amistosa y consensuada a la ruptura.

Paso 2

¿Qué documentación se necesita?

La presencia de un abogado profesional en ejercicio es un requisito indispensable para la validez de este documento. Este profesional deberá acreditar su identidad mediante su DNI original y en vigor, y presentar su carnet de colegiado al notario. Su intervención garantiza el asesoramiento legal y la correcta comprensión del acto por parte de los comparecientes.

El Certificado Literal de Matrimonio es una copia fiel y completa de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil. Se utiliza como prueba oficial del estado civil y es necesario para trámites como herencias, divorcios o nacionalidad. Es fundamental que el certificado haya sido expedido en los últimos 3 meses para tener validez.

El convenio regulador del divorcio es el acuerdo escrito entre los cónyuges sobre las consecuencias de la disolución matrimonial, redactado por sus abogados. Establece aspectos clave como la custodia de los hijos, el uso de la vivienda familiar, la pensión compensatoria y la liquidación del régimen económico matrimonial. Su presentación ante notario o juzgado es un requisito esencial para la tramitación del divorcio, garantizando su validez y eficacia.

El certificado de empadronamiento es un documento oficial que acredita el domicilio habitual de los cónyuges. Es necesario aportarlo ante notario para que este pueda verificar su competencia territorial y autorizar el procedimiento de divorcio. Debe estar en vigor y expedido por el ayuntamiento correspondiente, preferiblemente en formato oficial.

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial acreditativo de la identidad de los ciudadanos españoles. Es indispensable presentarlo en vigor para cualquier trámite que requiera identificación fehaciente, como acudir a una notaría. Los ciudadanos extranjeros deberán aportar su pasaporte original y en vigor, siendo recomendable presentar también el NIE si dispusieran de él.

El Libro de Familia es un documento oficial expedido por el Registro Civil que acredita el estado civil de las personas y los hechos vitales relevantes de una familia, como nacimientos, matrimonios y defunciones. Es esencial presentarlo ante Notario para diversos trámites, siendo válido hasta que se actualice con nuevos eventos o se expida uno nuevo. Se requiere el original en formato físico.

Paso 3

¿Cuánto cuesta el servicio?

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Paso 4

Preguntas frecuentes

En España, el matrimonio no es un vínculo perpetuo. La ley permite ponerle fin si los cónyuges ya no desean continuar la unión, ofreciendo vías legales para formalizar ese cese y regular las consecuencias familiares y patrimoniales.

La ruptura de la relación matrimonial se puede formalizar mediante la separación legal, que cesa la convivencia pero mantiene el vínculo, o a través del divorcio, que disuelve definitivamente el matrimonio, regulando las relaciones familiares y la división del patrimonio.

No, separación y divorcio son figuras distintas. La separación cesa la convivencia y puede regular aspectos personales y patrimoniales, pero el vínculo matrimonial sigue existiendo, permitiendo una posible reconciliación. El divorcio disuelve definitivamente el matrimonio, extingue el régimen económico y permite volver a casarse.

La separación legal se formaliza ante un juez o notario, teniendo efectos jurídicos reconocidos. La separación de hecho es cuando los cónyuges dejan de convivir pero no realizan ningún trámite legal, manteniendo el vínculo matrimonial y el régimen económico sin reconocimiento jurídico inicial.

El divorcio es el procedimiento legal que pone fin al matrimonio, disolviendo el vínculo matrimonial. Permite regular la distribución del patrimonio común y las relaciones familiares, especialmente si existen hijos.

Para divorciarse es necesario que haya transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, que ambos cónyuges estén de acuerdo y que no existan hijos menores de edad no emancipados o mayores con capacidad modificada judicialmente. Se requiere un convenio regulador y la asistencia de un abogado.

Tradicionalmente, el divorcio se tramita por vía judicial. Sin embargo, desde hace unos años, también es posible formalizar el divorcio ante notario, una vía más rápida y sencilla cuando se cumplen ciertos requisitos.

Divorciarse ante notario suele ser más rápido, menos traumático y más económico que la vía judicial. Permite resolver la disolución del matrimonio en un entorno tranquilo y con el asesoramiento de un profesional del derecho.

Cuando existen hijos menores de edad no emancipados o mayores con capacidad modificada judicialmente, el divorcio debe tramitarse por vía judicial. Esto permite la intervención del Ministerio Fiscal para garantizar la protección del interés superior de los menores.

Si cumplen los requisitos, deben acordar esta vía con su cónyuge y contratar a un abogado que les represente, ya sea uno para ambos o uno para cada uno. Una vez negociado el convenio regulador, podrán fijar la fecha para la firma de la escritura de divorcio en la notaría.

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Paso 5

Marco Legal del Divorcio

El divorcio ante notario está regulado por diversas normativas. En el Código Civil español, los artículos 81 y siguientes abordan esta materia. Para Cataluña, se debe consultar los artículos 233-1 y siguientes del Libro II del Código Civil de Cataluña. La posibilidad de formalizar el divorcio ante Notario se encuentra recogida en el artículo 54 de la Ley del Notariado. La posterior inscripción en el Registro Civil se rige por la Ley del Registro Civil y su Reglamento de desarrollo.
Paso 6

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