Renuncia de poder
¿Qué es la Renuncia de Poder Notarial?
La Renuncia de Poder Notarial es el acto formal y voluntario por el cual una persona, que ha sido facultada previamente mediante un poder notarial para actuar en nombre y representación de otra (el poderdante), decide poner fin a dicha representación. Mediante este documento, el apoderado manifiesta su voluntad de dejar de ostentar las facultades que le fueron conferidas, cesando así su capacidad para realizar actos o negocios jurídicos en nombre del poderdante.
Es un procedimiento esencial para la seguridad jurídica y la claridad en las relaciones representativas, permitiendo al apoderado desvincularse de las responsabilidades y obligaciones inherentes al mandato otorgado, y al poderdante conocer la extinción de dicha representación.
¿Qué documentación se necesita?
Particular (o persona física)
Documentación necesaria para nacional:
- Documento nacional de identidad (DNI): Imprescindible aportar el original y en vigor
Documentación necesaria para extranjeros:
- Pasaporte + NIE en vigor: Imprescindible aportar el original y en vigor
Importante
Recordamos que no es necesaria la presencia en la notaría de la persona que recibe el poder (apoderado). Únicamente será preciso facilitar su nombre y apellidos, junto con una fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.
Empresa (o persona jurídica)
Documentación necesaria:
- Documento nacional de identidad (DNI): Imprescindible aportar el original y en vigor
- Poder notarial o nombramiento del administrador: Copia auténtica donde se acredite la representación
- Constitución de la sociedad: Copia auténtica
- Acta de titularidad real: Copia auténtica
En el supuesto de que se trate de una empresa extranjera, será necesario aportar, además, la siguiente documentación:
- El representante de la empresa extranjera deberá disponer de pasaporte y NIE en vigor.
- La documentación societaria indicada, debidamente traducida y apostillada.
- Certificado oficial que acredite la inscripción de la empresa en el registro correspondiente.
- NIF español de la empresa extranjera.
- Pasaporte + NIE en vigor (Imprescindible aportar el original y en vigor)
Aviso importante
Recordamos que no es necesaria la comparecencia en la notaría de la persona que recibe el poder (apoderado). Bastará con facilitar su nombre y apellidos, junto con una fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.
¿Cuánto cuesta la Renuncia de Poder?
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente renunciar a un poder notarial?
Renunciar a un poder notarial significa que la persona que tiene facultades para actuar en nombre de otra (el apoderado) decide dejar de tenerlas. Es como decir: «ya no quiero ni puedo seguir haciendo gestiones en tu nombre».
¿Para qué sirve renunciar a un poder?
Sirve para que el apoderado deje de tener la capacidad legal de actuar en nombre del poderdante, finalizando así su responsabilidad. Es una forma formal de comunicar que ya no ejercerá esas funciones representativas.
¿Puedo renunciar a cualquier tipo de poder notarial?
Sí, puedes renunciar a cualquier poder notarial, ya sea uno muy general que abarca muchos asuntos o uno específico para realizar una única gestión.
¿Hay algún momento en el que no pueda renunciar a un poder?
No, puedes renunciar a tu poder notarial en cualquier momento que lo desees, sin ningún tipo de limitación.
¿Qué debo tener en cuenta al renunciar a un poder?
Debes informar al poderdante de tu renuncia y, si el poder se basaba en un contrato, podrías tener que seguir actuando hasta que el poderdante encuentre a alguien que te sustituya para evitarle perjuicios, salvo que tu renuncia se deba a que no puedes seguir sin un daño grave para ti.
¿Necesito una razón específica para renunciar?
No, la renuncia a un poder es una decisión personal y libre del apoderado. No necesitas justificar ni acreditar ningún motivo concreto para hacerlo.
¿Cómo se formaliza la renuncia a un poder notarial?
Si el poder original se otorgó ante notario mediante escritura pública, deberás acudir a un notario para formalizar tu renuncia también a través de una escritura pública de renuncia de poder.
¿Puedo ir a cualquier notaría para renunciar al poder?
Sí, puedes ir a la notaría que prefieras en España. Si no es la misma donde se otorgó el poder original, el notario se encargará de comunicarlo al notario titular de ese protocolo.
¿Quién firma la escritura de renuncia?
La escritura de renuncia de poder solo la firma el apoderado que desea renunciar. El poderdante no necesita acudir a la notaría.
¿Es obligatorio avisar al poderdante de la renuncia?
Sí, es fundamental que el apoderado informe al poderdante de su renuncia para que este pueda proteger sus intereses y organizar su representación. Además, la ley puede exigir que sigas gestionando hasta que se nombre a un sustituto.
Legislación aplicable
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