Moratoria hipotecaria
¿Qué es la Moratoria Hipotecaria?
La Moratoria Hipotecaria es un instrumento legal notarial diseñado para responder a situaciones de excepcionalidad. Su finalidad es permitir a determinados prestatarios hipotecarios, que cumplan con los requisitos establecidos, aplazar temporalmente el pago de las cuotas de su préstamo hipotecario durante un periodo determinado.
¿Qué documentación se necesita?
Más información sobre la moratoria hipotecaria
El deudor que desee acogerse a la moratoria no tendrá que presentar ninguna documentación en la notaría, ya que será su entidad financiera la encargada de realizar íntegramente las gestiones necesarias.
¿Cuánto cuesta formalizar una Moratoria Hipotecaria?
Preguntas frecuentes
¿Qué es una moratoria hipotecaria?
Una moratoria hipotecaria es una medida legal que permite aplazar temporalmente el pago de las cuotas de tu hipoteca. Se aprueba por ley en momentos de crisis económica generalizada para ayudar a quienes, por circunstancias excepcionales e imprevistas, tienen dificultades para cumplir con sus pagos, evitando así la ejecución de su vivienda.
¿Para qué sirve la moratoria hipotecaria?
Su finalidad es ofrecer un respiro económico a las familias en situaciones de dificultad extrema, permitiéndoles suspender el pago de su hipoteca durante un plazo determinado. Esto les da tiempo para recuperar su estabilidad financiera y evitar la pérdida de su hogar, modificando temporalmente las condiciones del préstamo hipotecario.
¿Puedo solicitar una moratoria hipotecaria cuando quiera?
No, las moratorias hipotecarias no son un derecho general ni se pueden solicitar en cualquier momento. Se crean específicamente por ley para responder a situaciones extraordinarias y de gran impacto económico, y solo se puede acceder a ellas si se cumplen los requisitos legales establecidos en esa norma concreta.
¿Cualquier persona puede beneficiarse de una moratoria hipotecaria?
Generalmente, no todos los deudores pueden acogerse a una moratoria. Solo podrán hacerlo aquellos que demuestren una situación de necesidad económica grave y acreditada, derivada de la circunstancia excepcional que motivó la moratoria, como la pérdida de empleo o una reducción sustancial de ingresos.
Si cumplo los requisitos, ¿hay un plazo para solicitar la moratoria?
Sí, al aprobarse una moratoria hipotecaria, suele establecerse un plazo máximo para que los deudores interesados presenten su solicitud. Es fundamental consultar la norma específica para conocer esta fecha límite y asegurarse de realizar la solicitud a tiempo.
¿Cuáles son los pasos para solicitar una moratoria hipotecaria?
Primero, debes consultar la ley que regula la moratoria para verificar si cumples los requisitos. Si es así, el siguiente paso es acudir a tu entidad financiera para solicitar formalmente la moratoria, aportando la documentación que acredite tu situación.
¿Qué documentos firmaré si me conceden la moratoria?
Si tu entidad financiera aprueba la moratoria, firmarás dos documentos principales: uno que detalla las condiciones de la modificación temporal de tu préstamo hipotecario y una declaración responsable en la que autorizas al banco a realizar los trámites necesarios para formalizarla.
¿Qué gestiones realiza el banco tras la firma de la moratoria?
Una vez firmada la documentación, el banco suele delegar en una gestoría para que tramite la escritura pública de novación hipotecaria ante notario y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad. La notaría verificará la documentación y preparará la escritura para la firma por un representante del banco.
¿Debo acudir a la Notaría para firmar la escritura de la moratoria?
No, como deudor hipotecario, no necesitas desplazarte a la Notaría para firmar la escritura de la moratoria. Al firmar los documentos con tu banco, ya has delegado en ellos la facultad de realizar todos los trámites necesarios para formalizar y registrar la operación.
¿Quién asume el coste de la escritura y su inscripción registral?
El coste de la escritura de la moratoria hipotecaria y su inscripción en el Registro de la Propiedad es asumido íntegramente por la entidad financiera. Tú, como deudor, no tendrás que abonar ninguna cantidad por estos conceptos.
Legislación aplicable a las Moratorias
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