Segundas copias

Paso 1

¿Qué son las Segundas Copias?

La expedición de Segundas Copias es el procedimiento notarial mediante el cual se obtiene una reproducción oficial válida de una escritura pública o póliza firmada con anterioridad. Dado que el documento original (la matriz) permanece custodiado indefinidamente en el protocolo del notario, este servicio garantiza que el titular pueda recuperar su documentación en caso de extravío o acreditar su derecho ante terceros en cualquier momento.

Podemos emitir dos tipos de reproducciones según su finalidad: Copias Autorizadas, que tienen plena eficacia jurídica y valor probatorio (firmadas por el notario en papel timbrado), y Copias Simples, que tienen carácter meramente informativo y administrativo.

Paso 2

¿Qué documentación necesito para solicitar una Segunda Copia?

El Documento Nacional de Identidad (DNI) es el documento oficial acreditativo de la identidad de los ciudadanos españoles. Es indispensable presentarlo en vigor para cualquier trámite que requiera identificación fehaciente, como acudir a una notaría. Los ciudadanos extranjeros deberán aportar su pasaporte original y en vigor, siendo recomendable presentar también el NIE si dispusieran de él.

Es necesario aportar la fecha de la firma y, a ser posible, el número de protocolo. Si no se disponen de estos datos, bastará con la fecha aproximada y los nombres de los firmantes para localizar la matriz en el archivo.

Si quien solicita la copia no es uno de los otorgantes originales, debe aportar el documento que acredite su «interés legítimo» para obtenerla (por ejemplo: testamento y certificado de defunción en caso de herederos, o nombramiento de cargo en caso de empresas).

Paso 3

¿Cuánto cuesta este servicio notarial?

Para solicitar un presupuesto o conocer cuánto cuesta realizar el trámite, ponte en contacto con nosotros y solventaremos todas tus dudas.
Paso 4

Preguntas frecuentes

No debe preocuparse. El documento original con las firmas (llamado ‘matriz’) nunca sale de la notaría y se custodia en el protocolo notarial. Lo que usted ha extraviado es la copia que se le entregó en su día. Puede solicitar una nueva copia (segunda copia) que tendrá la misma validez legal que la que perdió.
No. Por motivos de confidencialidad y seguridad jurídica, solo pueden solicitar copias quienes tengan un ‘interés legítimo’. Generalmente, esto se limita a las personas que firmaron el documento originalmente o a sus apoderados. Un tercero ajeno no podrá obtener copia salvo que tenga autorización judicial o notarial.
La diferencia es fundamental. La copia autorizada se firma en papel timbrado notarial y tiene el mismo valor y fuerza ejecutiva que el original (sirve para inscribir en el Registro, pleitos, hipotecas). La copia simple es meramente informativa, no lleva firma del notario (solo un sello) y suele usarse para liquidar impuestos o gestiones administrativas.
Si la escritura tiene menos de 25 años, debe solicitarla en la Notaría que custodia el protocolo del notario que la firmó (que puede ser el mismo notario u otro que le haya sucedido). Si la escritura tiene más de 25 años, deberá solicitarla en el Archivo General de Protocolos del Colegio Notarial correspondiente.
Sí, siempre y cuando usted acredite que es heredero de esa persona. Para ello, deberá aportar el certificado de defunción y el título sucesorio (el testamento o la declaración de herederos) que demuestre su condición de heredero y, por tanto, su interés legítimo para obtener dicha copia.
Ver todos las preguntas frecuentes
Paso 5

Legislación aplicable a las Segundas Copias

La regulación de la expedición de copias se encuentra fundamentada en la siguiente normativa: La LEY DEL NOTARIADO, Ley Orgánica de 28 de mayo de 1862, que en sus artículos 31 y 32 establece el deber de custodia de los protocolos y la facultad de expedir copias. El REGLAMENTO NOTARIAL, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, que desarrolla de manera exhaustiva el régimen de las copias en sus artículos 221 a 249, definiendo quién ostenta interés legítimo para solicitarlas y los requisitos formales para su validez.
Paso 6

¿Cumples todos los requisitos?

¿Tienes alguna duda?

Artículos relacionados

En construcción
Listado de artículos del blog que tengan la misma categoría principal y/o secundaria.

Seleccione el tipo de cita

Cita OnlineCita Presencial